Mellado se presentó ante el STJ quien planteó la inconstitucionalidad del plebiscito

El intendente José Mellado planteó la inconstitucionalidad de la ordenanza que convoca al plebiscito que él vetó pero el Deliberante ratificó.

El Superior Tribunal de Justicia (STJ) hizo lugar a un planteo del intendente de Jacobacci, José Mellado (JSRN), para dirimir un conflicto de poderes entre el Ejecutivo municipal y el Concejo Deliberante por la convocatoria a un plebiscito para que la población opine si está de acuerdo o no con el proyecto minero de Calcatreu, que ya tiene la autorización provincial.

El conflicto de poderes radica en que el Concejo Deliberante, con impulso del peronismo, aprobó por mayoría el 17 de septiembre la convocatoria a un plebiscito por Calcatreu, que fue vetado por el intendente y posteriormente ratificada la ordenanza por los mismos ediles.

El STJ solicitó información al Concejo Deliberante por todo el procedimiento y también dio intervención al gobierno provincial “a fin de evitar una eventual intromisión en intereses que le son propios”.

Semanas atrás, el concejal del PJ, Joel Córdoba, se refirió a una falta de impulso del intendente para dar lugar a la junta electoral y fijarse la fecha del plebiscito, e insistió que la explotación de oro y plata en el proyecto Calcatreu “no tiene licencia social” entre los jacobacinos que forman parte de la comunidad más próxima y de referencia de la minera, ubicada a unos 85 kilómetros.

Mellado y la Provincia señalan que el proyecto Calcatreu está fuera del ejido municipal de Jacobacci, en una superficie de 16.291 hectáreas ubicadas entre los departamentos de 25 de Mayo y Ñorquinco, en jurisdicción provincial y por eso no tendría validez el plebiscito.

Un pedido de inconstitucionalidad de la ordenanza del plebiscito


Además, el intendente pidió que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza 24/2024 acusando posibles irregularidades en la votación, por no tener una mayoría especial y ser ratificada solo por tres concejales peronistas, con la ausencia del edil de Redes (que integra el oficialismo local) y el rechazo del representante de JSRN.

Con el dictamen del procurador Jorge Crespo, el STJ consideró que el caso configura un conflicto de poderes entre los órganos Ejecutivo y Legislativo de la municipalidad de Ingeniero Jacobacci y por eso corresponde su competencia, máxime cuando la controversia podría afectar también al Estado provincial.
El máximo tribunal de justicia en la primera decisión se limitó a admitir el caso y ahora deberá analizar la cuestión de fondo.

Mellado se presentó ante el STJ patrocinado por el abogado José Luis García Pinasco, solicitando que se declare la inconstitucionalidad de la ordenanza municipal que aprobó el plebiscito vinculante con la pregunta: “Está usted a favor o en contra de la explotación del proyecto minero de primera categoría Calcatreu”.

En la demanda el intendente reprochó que el Concejo Deliberante cometió un exceso en sus atribuciones que son parte de la competencia del Ejecutivo municipal y provincial: “Se arroga atribuciones que no le competen ni por la materia (en doble sentido, electoral y minera) ni por el territorio (Calcatreu queda fuera del ejido municipal), intentando someter a consideración de la ciudadanía un tema ya resuelto y ajeno a esa parte en claro exceso de competencia material y territorial”.

Alegó que la Carta Orgánica Municipal “pone en cabeza del Poder Ejecutivo tanto la competencia de convocar a elecciones como así también, la de convocar a plebiscito”, según el artículo 62 de la normativa y aclara que el artículo 200 refiere al Concejo Deliberante “de manera general”.

Para el intendente hay un “abuso de autoridad” del Deliberante “normando sobre cuestiones que no le competen bajo ninguna circunstancia”.

El proyecto minero Calcatreu tuvo un proceso de audiencia pública no vinculante, convocada por la secretaría de Ambiente y Cambio Climático, que se realizó en Jacobacci el 30 de agosto y luego del análisis del estudio de impacto ambiental a comienzos de noviembre el organismo emitió la resolución de autorización a la empresa Patagonia Gold para iniciar la explotación, con un permiso que en principio es por 5 años con posibilidad de duplicarlo.

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