ORDENANZA N° 18 – 227 / 2023 del Concejo Deliberamte, Ingeniero Jacobacci, promulgada bajo Resolución Municipal N° 027 /2023 S/ “Tarifas Servicio de Taxis y Remises”.
VISTO:
La carta Orgánica Municipal en su Artículo 80- inciso 15. Ordenanza 019/2021, Creación Consejo Local de Transporte.
La Ordenanza N° 18 –
La nota presentada al Poder Ejecutivo Municipal y al Consejo Local de Transporte por parte de Propietarios y Choferes de Taxis de la ciudad de Ingeniero Jacobacci, Y;
CONSIDERANDO:
Que, el Concejo Deliberante según lo establece la Carta Orgánica Municipal, debe fijar la tarifa de transporte urbano de pasajero;
Que, el último incremento de tarifas de taxi y remises, se otorgó al inicio del mes en curso mediante la Ordenanza Nº 18 – 227/23;
Que, en base a lo expresado por los propietarios de taxi y remises y la representación de los usuarios en reunión mantenida en el Consejo Local de Transporte, resulta necesario efectuar una adecuación al cuadro tarifario;
Que, en dicha nota solicitan el aumento de la tarifas, debido a los altos incrementos de costos registrados en los diferentes rubros que inciden en el servicio;
Que, es de público conocimiento el nivel inflacionario en que nos encontramos inmersos;
Que, la tarifa actual del servicio no permite cubrir los costos propios de la actividad convirtiéndola en no sustentable en el tiempo;
Que, este Cuerpo Deliberativo debe garantizar la prestación de este servicio de transporte público de pasajeros para los vecinos de la ciudad;
Que, corresponde determinar nuevas tarifas que se adecuen a la realidad actual teniendo en cuenta los índices de precios disponibles y además la perspectiva económica de los usuarios;
Que, se ha mantenido reunión con los actores involucrados en el seno del Consejo Local de Transporte, lográndose consenso de manera unánime en este sentido de otorgar un incremento;
Que, es facultad de este Concejo realizar la re adecuación tarifaria;
POR ELLO:
Y en uso de las facultades que le son propias y las que le confiere
LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL
EL CONCEJO DELIBERANTE DE INGENIERO JACOBACCI
SANCIONA CON FUERZA DE
O R D E N A N Z A:
ARTICULO 1ro.: DEROGUESE Ordenanza Nº 18 – 227/2023.
ARTICULO 2do.: ESTABLEZCASE las tarifas que se detallan a continuación para la prestación del Servicio Público de Taxis y remises dentro del Ejido Municipal de Ingeniero Jacobacci, que comenzarán a regir a partir de promulgada la presente.
ARTICULO 3ro.: ESTABLEZCASE los siguientes valores a partir de la promulgación de la misma, según el siguiente detalle:
TARIFA NORMAL: $600(seiscientos) como valor máximo.
TARIFA NOCTURNA: $800(ochocientos) como valor máximo.
La revisión del cuadro tarifario, establecido en la presente ordenanza, se realizará tomándose como indicador el porcentaje de aumento del valor de la nafta súper.
ARTICULO 4to: ESTABLEZCASE trimestralmente, mediante el área de Seguridad Vial, la obligatoriedad de los controles vehiculares establecidos en las normas vigentes y guardias nocturnas.
ARTICULO 5to.: Regístrese, comuníquese y cumplido, archívese.
▪︎ RIGE A PARTIR DE LAS 00:00 hs. del Viernes 14 de Julio.