Darío Leandro Arabales estaba acusado por homicidio simple, pero a partir del avance de la investigación el fiscal Gerardo Miranda reformuló los cargos y atenuó la calificación legal a la figura de homicidio preterintensional, que implica que el deceso de la víctima ocurrió más allá de que la intensión del acusado no era darle muerte.
En una audiencia presidida por el juez de Garantías Juan Pablo Laurence, el fiscal Gerardo Miranda reformuló los cargos contra Arabales, quien está sujeto a una investigación formal hasta el próximo 5 de mayo con prisión preventiva hasta la misma fecha. La parte querellante, a cargo de Matías Aciar, se opuso a la reformulación de cargos y agregó que Arabales debía ser acusado también por el delito de abandono de persona.
Pero ante tal situación el defensor particular Sebastián Arrondo manifestó su objeción ante una doble acusación, se opuso a los planteos querellantes pero aceptó a la reformulación que planteó la fiscalía.
El hecho ocurrió el 4 diciembre 2022, después de las seis de la mañana en un pub de la calle España, luego de que mantuviera una discusión con el agente policial Leo Román Álvarez. En un momento determinado ambos salieron del local nocturno y con clara intención de agredirlo, Arabales tomó por sorpresa a Álvarez, quien estaba de espaldas a su agresor y no tuvo posibilidad alguna de defenderse, cuando recibió un fuerte puñetazo en el rostro, que provocó su caída al suelo y un fuerte golpe en la cabeza contra el suelo, lo que a la postre provocó lesiones que derivaron en la muerte del uniformado.
Para el fiscal Miranda, ese puñetazo no debía necesariamente ocasionarle la muerte a la víctima y en consecuencia reformuló el hecho, descartando que Arabales haya tenido intención de asesinar.
En consecuencia, el acusado seguirá ligado a la investigación y posiblemente enfrente un juicio oral y público, aunque con una calificación atenuada respecto de la original. De tal manera, tal como especifica el Código Penal, podría recibir una condena de tres a seis años de prisión, por haberle aplicado un puñetazo con el propósito de causar un daño en el cuerpo o en la salud y produjo el deceso cuando el medio empleado no debía razonablemente ocasionar la muerte.